A partir del 1 de octubre , el pago a cuenta (VEP) de las tropas que se remiten a faena deberá corresponderse con el día de faena informó el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).
El Servicio de Inspección Veterinaria (SIV) de cada establecimiento habilitado por el Senasa o las provincias podrá habilitar una «Faena de Emergencia», lo que permitirá el pago postdatado del VEP en un plazo de hasta 72 horas hábiles, solo en situaciones puntuales.
En este último caso, y de no regularizarse el pago, la empresa será notificada de la infracción y deberá presentar los descargos correspondientes, avalados por el SIV, ante los organismos centrales del Senasa o la DNCCA, según corresponda.
Con esta herramienta se favorece el cumplimiento de la normativa vigente de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), sin desatender casos excepcionales de problemas con el sistema de pago o la necesidad de realizar una faena de emergencia, por ejemplo por razones de bienestar animal, que requieran una velocidad de respuesta mayor a la capacidad de regularización del pago del VEP.
Asimismo, en la misma fecha cambia el plazo de caducidad de los documentos de tránsito electrónico (DT-e), quedando en tres días la vigencia para los documentos “vencidos” antes de pasar al estado de “caducado”.
Todos los documentos vencidos que no sean informados como “faenados” o “sin arribo de la tropa” que lleguen al estado de “caducado” implicarán el bloqueo automático del establecimiento de faena para recibir tropas.
Las empresas tendrán notificaciones en el sistema sobre los documentos vencidos y, en caso que se bloqueen por uno o más documentos caducados, podrán informar su situación para subsanar la situación y recuperar la funcionalidad del sistema.
Para mas información: www.senasa.gob.ar